La dependencia puede producirse como consecuencia de una enfermedad, por otras cuestiones relacionadas con la edad o algún tipo de discapacidad. Afecta a la autonomía física, intelectual o sensorial requiriendo, por tanto, la ayuda y la atención de otra persona que le facilite las actividades cotidianas diarias.
En 2006 se aprobó la conocida Ley de dependencia para garantizar el cuidado y atención necesaria de aquellas personas que lo requieran y por ello les haya sido reconocida tal situación en base a los requisitos estipulados en dicho documento.
Los mayores o familiares que deseen solicitar el reconocimiento de su situación de dependencia deberán presentar la documentación en la oficina de Servicios Sociales aportando: informes médicos, órtesis y prótesis prescritas en caso de haber sido prescritas, las necesidades y ayudas técnicas, y justificante de situación económica del mayor y familiares más próximos.
Una vez presentada la solicitud se llevará a cabo una entrevista personal en el domicilio del solicitante para, entre otros aspectos, evaluar su estado físico y mental, su capacidad para comunicarse y su desenvoltura a la hora de realizar actividades cotidianas. Durante esta entrevista y en base a los criterios analizados se estipulará el Baremo de Valoración de Dependencia (BVD), un valor número de puntos por el que se determinará el grado de dependencia.
Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia reconoce hasta tres tipos de dependencia: Grado Dependencia 1 o Moderada, Grado de Dependencia 2 o Severa y Grado de Dependencia 3 o Gran dependencia.
El Grado 1 de dependencia o dependencia moderada corresponde a personas que necesitan ayuda al menos una vez al día para realizar ciertas actividades básicas de la vida cotidiana (asearse, comer, ir al banco, a la compra, etc.). También se concede el grado I de dependencia a aquellas personas que necesitan la ayuda de un apoyo intermitente o limitado a lo largo del día.
El BVD del Grado 1 de dependencia se caracteriza por una puntuación de 25 a 49 puntos.
La dependencia en mayores puede detectarse a través de la pérdida o dificultad en la realización de ciertas funciones corporales y/o socio-cognitivas. En cuanto a las primeras, puede empezar a notarse en la pérdida de autonomía a la hora de servir la comida, el sobreesfuerzo a la hora de salir a pasear o dificultades en el aseo.
Con respecto al deterioro en las funciones socio-cognitivas, este puede notarse en la dificultad de articular palabras, en indicios de desorientación temporal o en la falta de reconocimiento a personas del círculo íntimo.
Prestaciones económicas:
En relación a las Prestaciones Económicas para Cuidadores en el Entorno Familiar (PECEF) y apoyo a cuidadores no profesionales se podrá recurrir a ellas en caso de que no exista un personal disponible para cubrir las necesidades requeridas. En el Grado I supone una cantidad mínima y máxima de 180€/mes.
Las Prestaciones Económicas Vinculadas al Servicio (PEVS) también conocido como Cheque Servicio cubren la atención residencial, atención diurna o ayuda a domicilio. El coste del servicio de un Centro de Día asociado al Grado de Dependencia I es de mínimo 313, 50€/mes y un máximo de 445,30€/mes.
Y por último, la Prestación Económica de Asistencia Personal (PEAP), promueve una ayuda de carácter personal que trata de promover la autonomía de las personas en situación de dependencia. Esta cuantía tiene un límite máximo y mínimo de 313,50€/mes.
En nuestro artículo “Ayudas económicas para centros de día y residencias de ancianos”puedes encontrar más información acerca de las diferentes prestaciones que existen para los beneficiarios de la situación de dependencia.
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